Alumnos
Normativa de Matrícula
La matrícula se realiza una sola vez cada año, y una vez formalizada tiene carácter irrevocable. No obstante, en el plazo de 10 días desde su formalización, los alumnos que aleguen una causa justa y proporcionada, pueden realizar algún cambio en su inscripción.
Es aconsejable leer con atención el informe de matrícula en el que figuran las asignaturas en las que el alumno ha quedado inscrito; si se detecta algún error, debe rectificarse cuanto antes (en el momento, si es posible), y en todo caso antes de transcurrir el mencionado plazo de 14 días. Después de ese plazo, cualquier modificación de la matrícula debe plantearse mediante instancia, aportando los motivos que la recomiendan.
- En el segundo semestre se abrirá un periodo para ampliaciones de matrícula, del 8 al 12 de enero. Las instancias de ampliación de matrícula deben ir razonadas.
- En la matrícula de cada curso académico los alumnos deben, en primer lugar, incluir las asignaturas no superadas de cursos anteriores.
- La matrícula debe formalizarse en un mínimo de 40 ECTS y un máximo de 78 (con una tolerancia de 2 ECTS, tanto en el mínimo como en el máximo).
- Los alumnos que tengan menos de 50 ECTS aprobados de asignaturas de primer curso, no podrán matricularse de más de 70 ECTS en ese curso académico.
- No se permitirá la matrícula de otras asignaturas que coincidan en horario con asignaturas en convocatoria de gracia (5ª y 6ª).
- Los alumnos que se hayan matriculado en asignaturas optativas no pueden anular la matrícula en algunas de ellas por haber obtenido posteriormente el reconocimiento de algún crédito; la obtención de estos créditos debe preverse al formalizar la matrícula.
Normativa de la automatrícula
En algunos casos el alumno no tendrá acceso a la automatrícula o bien tendrá restricciones para finalizarla: restricciones en la matrícula.